Por memorial presentado el 1 de octubre de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 146/2019-RA
Sucre, 25 de marzo de 2019
Expediente: La Paz 6/2019
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Shara Mamani Ticona y otra
Delito: Homicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 1 de octubre de 2018, cursante de fs. 579 a 581 vta. Shara Mamani Ticona, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 33/2018 de 18 de mayo,io Huanca, Primitiva Mamani de Castilla de fs. 573 a 575 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Rosario Martha Tuco de Ticona contra Isabel Aida Mamani Ticona y la recurrente, por la presunta comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 146/2019-RA
Sucre, 25 de marzo de 2019
Expediente: La Paz 6/2019
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Shara Mamani Ticona y otra
Delito: Homicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 1 de octubre de 2018, cursante de fs. 579 a 581 vta. Shara Mamani Ticona, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 33/2018 de 18 de mayo,io Huanca, Primitiva Mamani de Castilla de fs. 573 a 575 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Rosario Martha Tuco de Ticona contra Isabel Aida Mamani Ticona y la recurrente, por la presunta comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 1 de octubre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, en cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que los dos
- Esta exigencia en el caso presente, no queda cumplida con la simple mención que se
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
