Doctrina y legislación aplicable al caso
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Doctrina y legislación aplicable al caso:
Si bien el principio de impugnación se configura, como principio regulador para los recursos consagrados por las leyes procesales con la finalidad de corregir, modificar, revocar o anular los actos y resoluciones judiciales que ocasionen agravios a alguna de las partes, por principio constitucional todo acto jurisdiccional es impugnable; sin embargo, no es menos evidente, que ese derecho no es absoluto para todos los procesos e instancias, debido a que este se encuentra limitado, por la misma Ley, ya sea, por el tipo de proceso o por la clase de Resolución tomando en cuenta la trascendencia de la decisión, sin que ello implique afectar el derecho de las partes, sino de la búsqueda de una mayor celeridad en las causas que se tramitan
Doctrina y legislación aplicable al caso:
Si bien el principio de impugnación se configura, como principio regulador para los recursos consagrados por las leyes procesales con la finalidad de corregir, modificar, revocar o anular los actos y resoluciones judiciales que ocasionen agravios a alguna de las partes, por principio constitucional todo acto jurisdiccional es impugnable; sin embargo, no es menos evidente, que ese derecho no es absoluto para todos los procesos e instancias, debido a que este se encuentra limitado, por la misma Ley, ya sea, por el tipo de proceso o por la clase de Resolución tomando en cuenta la trascendencia de la decisión, sin que ello implique afectar el derecho de las partes, sino de la búsqueda de una mayor celeridad en las causas que se tramitan
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Notificada la admisión y presentado el responde a la demanda, se emitió el Decreto de
- Posteriormente, se emitió el Decreto de 8 de agosto de 2017 de fs
- No habiendo la parte demandada presentado la documentación extrañada, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y
- Contra el Auto de 17 de agosto de 2017 de fs
- Mediante Decreto de 22 de febrero de 2018, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social
- Doctrina y legislación aplicable al caso
- Así, la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de
- Respecto de los requisitos para la admisibilidad de los recursos de casación, el art
- Este procedimiento establecido en las disposiciones desglosadas, en mérito al principio de legalidad, no puede
- Resolución del caso concreto
- El Tribunal a quo, por Auto Nº 001/2018 de fs
- Este aspecto atenta contra el debido proceso y la seguridad jurídica, pues se pretendió que
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
