En el caso de Autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de Autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 27 de diciembre de 2018, interponiendo su recurso de casación el 28 de enero de 2019; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP, toda vez que la vacación judicial transcurrió del 03 de enero al 27 de enero de 2019 (fs. 462) por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad
- Por memorial presentado el 28 de enero de 2019, cursante de fs
- Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público y el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija formularon
- El art
- En éste contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de Autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- no verificó la subsunción o adecuación que el hecho acreditado fue correctamente valorado por el
- Referente a lo anterior, éste Tribunal Supremo de Justicia constata en el presente recurso que
- Al respecto, se evidencia que la recurrente no observó los requisitos prescritos en los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
