Por memorial presentado el 28 de enero de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 175/2019-RA
Sucre, 29 de marzo de 2019
Expediente: Tarija 14/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Zulma Charito Guerrero Herrera
Delito: Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de enero de 2019, cursante de fs. 464 a 465 vta., Zulma Charito Guerrero Herrera, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 96/2018 de 24 de diciembre, de fs. 455 a 461, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos, previsto y sancionado por el art. 26 de la Ley 004 de 31 de marzo de 2010 “Marcelo Quiroga Santa Cruz”
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 175/2019-RA
Sucre, 29 de marzo de 2019
Expediente: Tarija 14/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Zulma Charito Guerrero Herrera
Delito: Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de enero de 2019, cursante de fs. 464 a 465 vta., Zulma Charito Guerrero Herrera, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 96/2018 de 24 de diciembre, de fs. 455 a 461, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos, previsto y sancionado por el art. 26 de la Ley 004 de 31 de marzo de 2010 “Marcelo Quiroga Santa Cruz”
- Por memorial presentado el 28 de enero de 2019, cursante de fs
- Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público y el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija formularon
- El art
- En éste contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de Autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- no verificó la subsunción o adecuación que el hecho acreditado fue correctamente valorado por el
- Referente a lo anterior, éste Tribunal Supremo de Justicia constata en el presente recurso que
- Al respecto, se evidencia que la recurrente no observó los requisitos prescritos en los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
