Invoca los Autos Supremos 17/2007 de 26 de enero y 231/2006 de 4 de julio,
Invoca los Autos Supremos 17/2007 de 26 de enero y 231/2006 de 4 de julio, relativos a la prohibición de revalorización probatoria, A.S. 411/2014 RRC, referente a los parámetros del delito de Falsedad Ideológica, 248/2012 RRC de 10 de octubre, respecto a la debida fundamentación de la Sentencia, así como los Autos Supremos 342/2006 de 28 de agosto, 207/2007 de 28 de marzo y 319/2012 de 4 de diciembre, relacionados a la debida fundamentación de las resoluciones judiciales, el A.S. 49/2012 de 16 de marzo, que dispondría también la obligatoriedad de fundamentar al Tribunal de alzada
- Por memorial presentado el 4 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Asimismo, el Tribunal de alzada habría señalado que utilizó a terceras personas para la apertura
- Señala que el Auto de Vista impugnado en la parte resolutiva declaró procedente los recursos
- Invoca los Autos Supremos 17/2007 de 26 de enero y 231/2006 de 4 de julio,
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
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- Respecto al cuarto motivo, denuncia que en la parte resolutiva del Auto de Vista impugnado,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
