CONSIDERANDO III
3.- Acusó interpretación errónea e insuficiente del art. 1545 del Código Civil, inmotivada, arbitraria, incongruente, absurda, ilógica, error evidente de las reglas de interpretación en la jurisdicción ordinaria, que evidencian lesión a garantías constitucionales como el derecho a la propiedad privada sobre el bien inmueble que lo tiene debidamente registrado en Derechos Reales reconocido por el art. 56 de la Constitución Política del Estado y también por el bloque de convencionalidad, puesto que con la nulidad de su registro queda en total desamparo e indefensión.
Concluyó con un petitorio señalando que el Auto de Vista recurrido ha violentado garantías constitucionales al debido proceso de toda resolución ordinaria por lo que al amparo de las garantías constitucionales solicitó casar el Auto de Vista referido y como consecuencia se revoque la sentencia o en su defecto anule actuados procesales hasta fs. 335 inclusive, conforme lo previsto en el art. 220.III núm. 1) inc. c) del Código Procesal Civil, a los fines de que la juez proceda a diligenciar todos los medios de prueba que sean necesarios para determinar la ubicación exacta del bien inmueble de los demandantes para no violentar su sagrado derecho a la propiedad privada sobre el bien inmueble de referencia.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. La nulidad de obrados
Concluyó con un petitorio señalando que el Auto de Vista recurrido ha violentado garantías constitucionales al debido proceso de toda resolución ordinaria por lo que al amparo de las garantías constitucionales solicitó casar el Auto de Vista referido y como consecuencia se revoque la sentencia o en su defecto anule actuados procesales hasta fs. 335 inclusive, conforme lo previsto en el art. 220.III núm. 1) inc. c) del Código Procesal Civil, a los fines de que la juez proceda a diligenciar todos los medios de prueba que sean necesarios para determinar la ubicación exacta del bien inmueble de los demandantes para no violentar su sagrado derecho a la propiedad privada sobre el bien inmueble de referencia.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. La nulidad de obrados
- CONSIDERANDO I
- I
- CONSIDERANDO II
- 1
- 2
- CONSIDERANDO III
- Principios desarrollados en la Ley del Órgano Judicial concretamente en el art
- CONSIDERANDO IV
- El Auto de Vista respondió parcialmente al reclamo relativo a las notificaciones irregulares, argumentando que
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina
