CONSIDERANDO IV
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
El recurrente acusó que el Tribunal de alzada vulneró las normas jurídicas que amparan el derecho de acceso a la justicia y sus elementos constitutivos, asimismo violó lo establecido en el art. 115 de la Constitución Política del Estado, obstaculizando la admisión de la demanda, requiriendo presentar una sentencia ejecutoriada de un proceso de comprobación judicial de unión libre o de hecho, pese a que el recurrente indicó que tuvo un impedimento para realizar el mencionado trámite
- Expediente: T-31-18-A
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- El Código de las Familias y el Proceso Familiar en su art
- b) Nombre completo, dirección del domicilio o residencia habitual del demandante y cédula de identidad
- c) Nombre y algún dato que individualice al demandado, indicación de su domicilio, lugar de
- d) Relato breve y preciso de los hechos, además de los fundamentos concretos y pertinentes
- e) La petición concreta
- f) Firma del demandante, o en su caso su huella digital si no supiere o
- g) En la demanda, se podrá solicitar la aplicación de medidas cautelares o provisionales que
- h) Junto a la demanda se acompañará obligatoriamente la fotocopia simple de la Cédula de
- “La revisión de los requisitos formales deberá realizarse dentro de los tres (3) días siguientes
- Cuando la demanda no cumpla con los requisitos establecidos en los incisos a), c) y
- Por su parte el art
- II
- CONSIDERANDO IV
- Demanda que mereció providencia de 17 de enero de 2018 (fs
- En ese mérito se emitió Auto definitivo Nº 35/2018 de 2 de febrero, que declaró
- Por lo manifestado corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
