b)Refiere que el tribunal de alzada no valoró objetivamente las pruebas en especial el documento
b)Refiere que el tribunal de alzada no valoró objetivamente las pruebas en especial el documento de 28 de octubre de 2003, por lo que vulneró el art. 1286 del Código Civil y art. 136.I del Código Procesal Civil
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II
- 1.De la resolución impugnada
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación de fs
- 3.De la Legitimación procesal
- b)Refiere que el tribunal de alzada no valoró objetivamente las pruebas en especial el documento
- c)Señala que el Tribunal de alzada basó su decisión en cuestiones subjetivas, irregularidades que vulneran
- De esta manera, solicita la emisión de un auto supremo que case el auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
