Sobre los presupuestos de flexibilización, establecidos y explicados en el acápite anterior de la presente
Sobre los presupuestos de flexibilización, establecidos y explicados en el acápite anterior de la presente Resolución, los recurrentes se limitaron a denunciar la vulneración del debido proceso en su vertiente de falta de motivación y la existencia de defectos absolutos, sin la debida fundamentación y sin describir en que consistió la restricción o disminución de su derecho, tampoco explicaron el resultado dañoso emergente del defecto, más aún cuando los propios recurrentes hacen referencia a que el Tribunal de casación tiene la facultad en forma excepcional de revisar el recurso de oficio, refiriéndose a la flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación, sin considerar la obligación imperativa de cumplir con las exigencias y parámetros de flexibilización establecidos en la parte ín fine del punto III de la presente Resolución, omisiones que imposibilitan aperturar la competencia de este Tribunal para el análisis de fondo del presente motivo; consecuentemente, deviene en inadmisible
- Del memorial del recurso de casación, se tienen los siguientes agravios
- También los recurrentes denuncian defectos absolutos acusando que el Tribunal de alzada tampoco respondió sobre
- Señalan que estos hechos confluyen en una falta de motivación y fundamentación en el Auto
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- Con relación al primer motivo, los recurrentes denuncian que respecto al agravio formulado en
- De igual manera denuncian la falta de motivación y fundamentación en el Auto de Vista
- Con relación a la temática planteada, los recurrentes invocan como precedentes contradictorios los Autos Supremos
- Por otro lado, respecto a la invocación de los Autos Supremos 494 de 2 de
- Sobre los presupuestos de flexibilización, establecidos y explicados en el acápite anterior de la presente
- Respecto a la invocación como precedente contradictorio de la SCP 0014/2010-R de 12 de abril,
- Respecto al segundo motivo, los recurrentes acusan que el Tribunal de alzada habría valorado prueba,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
