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    Auto Supremo AS/0388/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0388/2019

    Fecha: 18-Abr-2019

    Corresponde señalar acorde a la doctrina aplicable en el punto III

    Corresponde señalar acorde a la doctrina aplicable en el punto III.2 donde se efectúa la consideración del principio de congruencia y el art. 265 del Código Procesal Civil, que consiste en la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto
    • Partes: Lourdes Saavedra de Arispe y Guillermo Arispe Arispe. c/ María Juana Ávalos López
    • De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
    • Solicitó anular el Auto de Vista
    • CONSIDERANDO III
    • III.2. Del principio de congruencia y el art. 265 del Código Procesal Civil
    • De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
    • CONSIDERANDO IV
    • 2
    • Corresponde señalar acorde a la doctrina aplicable en el punto III
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco E. Jaimes Molina.

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