Expediente: SC-147-18-S
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 427/2019
Fecha: 30 de abril de 2019
Expediente: SC-147-18-S
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 427/2019
Fecha: 30 de abril de 2019
Expediente: SC-147-18-S
- Expediente: SC-147-18-S
- Partes: Jasmani Vargas Mendoza c/ Josué Edmundo Escalera Pérez
- Proceso: Reivindicación, desocupación y entrega de inmueble
- Interpuesta la demanda de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble de fs
- Tramitado el proceso la Juez Público en materia Civil y Comercial Nº 14 de la
- Resolución de primera instancia que fue apelada por el demandante, mereciendo el pronunciamiento del Auto
- Detalló que la juez de grado debía disponer de oficio la producción de la prueba
- Resolución que fue impugnada vía recurso de casación interpuesto por Ramiro Efraín Hernani Butrón en
- CONSIDERANDO II
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- Por lo que solicitó se declare probado el recurso y se disponga declarar improbada la
- De la respuesta al recurso de casación
- Señaló que el recurso de casación adolece de claridad y precisión, puesto que no precisa
- Manifestó que se ratifica en el Auto de Vista confutado
- CONSIDERANDO III
- III.2. Facultad de mejor proveer en segunda instancia y el principio de verdad material
- El art
- CONSIDERANDO IV
- Dado que las acusaciones del recurrente en el punto 1 versan sobre la falta de
- Se debe recordar que el Tribunal de segundo grado, al constituir un órgano judicial de
- Entonces, siendo evidente la existencia del agravio, por cuanto no se demostró con exactitud la
- En conclusión, se advierte que el Tribunal de Alzada no cumplió con las previsiones contenidas
- Por lo expuesto, en aplicación del art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Póngase en conocimiento del Consejo de la Magistratura el presente Auto Supremo, en virtud del
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
