Auto Supremo AS/0163/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0163/2019

Fecha: 22-May-2019

Luego de una relación de las normas en que se sustenta la procedencia del recurso

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA



Auto Supremo 163/2019
Sucre, 22 de mayo de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 537/2017
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 523 a 526, interpuesto por Remigio Alberto Arce Bravo, en representación de Gerardo Landívar Vilar, contra el Auto de Vista Nº 142 de 31 de mayo de 2017, cursante de fs. 519 a 520, correspondiente a la Sala Primera en Materia del Trabajo y Seguridad Social, del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral le que sigue Lenny Durán de Balderrama, el Auto No. 49/17 de fs. 529 que concedió el recurso, el Auto No. 537/2017-A de 16 de noviembre, de fs. 540 y vta., que admitió el recurso indicado, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Sexto de Partido del Trabajo y Seguridad Social, de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia No. 07 de 22 de marzo de 2017, cursante de fs. 482 a 487 vta., declarando probada en parte la demanda de fs. 39 a 42, disponiendo que la empresa demandada, proceda al pago de Bs. 73.709,40 por concepto de indemnización, doble aguinaldo, vacaciones y prima anual, más multa del 30% de acuerdo al artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por Lenny Durán de Balderrama, cursante de fs. 488 a 491, y el recurso de apelación interpuesto por Remigio Alberto Arce Bravo en representación de la empresa unipersonal Avícola Carger, de fs. 497 a 498 la Sala Primera en materia del Trabajo y Seguridad Social, del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista N° 142 de 31 de mayo de 2017, cursante de fs. 519 a 520, revoca parcialmente la sentencia apelada ordenando el pago de Bs. 105.760,20 por concepto de desahucio, indemnización, vacaciones, doble aguinaldo, prima anual, pago de subsidio prenatal y lactancia, más multa del 30%, de acuerdo al artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.
II. FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN. –
Luego de una relación de las normas en que se sustenta la procedencia del recurso de casación, señala:
Del Recurso de Casación en el fondo. –
Errónea interpretación y aplicación, causal de despido o extinción de la relación laboral, establecida en el artículo 16, inciso e) de la Ley General del Trabajo y el artículo 9, inciso e) del Decreto Reglamentario