Adicionalmente, conviene recordar a la institución impetrante que por previsión expresa del art
Adicionalmente, conviene recordar a la institución impetrante que por previsión expresa del art. 226 parágrafo IV del CPC-2013, la aclaración y enmienda solicitada no podrá alterar lo sustancial de la decisión principal; es decir, habiendo declarado la improcedencia del recurso de casación en el fondo, este Tribunal se encuentra imposibilitado por ley, de mutar la determinación conforme se pide
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Concedido y remitido que fue el recurso, este Tribunal emitió el Auto Supremo Nº 224
- Notificadas las partes procesales, por memorial de 16 de mayo de 2019, el SIN solicitó
- II.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En ese contexto, tomando en cuenta que el recurso de casación de fs
- Consiguientemente, al ser claros y suficientes los fundamentos por los cuales se declaró la improcedencia
- Adicionalmente, conviene recordar a la institución impetrante que por previsión expresa del art
- Sin embargo, tomando en cuenta la forma en que se exponen los argumentos en el
- Por su parte, el art
- Respecto al error procesal, se presenta cuando dentro de un proceso se afecta la aplicación
- POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
