Auto Supremo AS/0269-2/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269-2/2019

Fecha: 27-May-2019

El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975 (CPC-1975), elevado a rango

Demandado:CORSAN – CORVIAM CONSTRUCCIONES S.A. SUCURSAL BOLIVIA
Proceso:Pago de beneficios sociales
Distrito:La Paz
Magistrado Relator:Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: Los recursos de casación y/o nulidad de fs. 1237 a 1253 y vta. y de fs. 1294 a 1300 y vta., interpuestos por Juan René Torrez Silva apoderado de CORSAN – CORVIAM CONSTRUCCIONES S.A. SUCURSAL BOLIVIA y David Calle Cochi Secretario de Relaciones del Sindicato de Trabajadores de CORSAN – CORVIAM CONSTRUCCIONES S.A., demandado y demandante respectivamente; contra el Auto de Vista A.V.Nº 113/2018 de 13 de septiembre, cursante de fs. 1224 a 1228, emitido por la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales, seguido entre los recurrentes; las respuestas de fs. 1294 a 1300 y vta. y 1303 a 1305, el Auto Resolución A. Nº 59/2019 de 10 de abril de fs. 1306, por el que se concedieron ambos recursos, los antecedentes y;
I. CONSIDERACIONES LEGALES:
El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975 (CPC-1975), elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en materia laboral, en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT)