De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 13/2015 de 22 de mayo (fs. 800 a 806 vta.), el Tribunal de Sentencia de Riberalta del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, declaró a Carlos Maggib Zeitun Oliva, absuelto de pena y culpa de la comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199, 200 y 203 del CP
- Por memorial presentado el 12 de mayo de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
- Por diligencia de 5 de mayo de 2017 (fs
- Del memorial de casación analizado, se extraen los siguientes argumentos
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
