Auto Supremo AS/0302/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2019-RA

Fecha: 08-May-2019

Con relación al motivo tercero la parte recurrente de manera vaga e incompleta, manifiesta que


Con relación al motivo tercero la parte recurrente de manera vaga e incompleta, manifiesta que el Tribunal de alzada señaló que de acuerdo al Auto Supremo 174/2013 de 19 de junio, no podía invocar nuevos agravios, a cuyo efecto cita las Sentencias Constitucionales 1668/2004-R, 0019/2006-R, 1405/2005-R y 1286/2005-R, que no pueden ser consideradas como precedentes contradictorios en razón de que la normativa procesal es clara en su art. 416 al señalar: “El recurso de casación procede para impugnar autos de vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por otras Cortes Superiores de Justicia o por la Sala Penal de la Corte Suprema”. Por lo anterior, la parte recurrente no invocó precedentes contradictorios, en consecuencia lógica, no señaló en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y algún precedente; incumpliendo con el requisito que constituye carga procesal para el recurrente de efectuar la debida fundamentación sobre la existencia de precedentes contradictorios con la resolución judicial impugnada y de contradicción expuesta de forma clara y precisa, a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos; especificando en qué consisten los defectos del pronunciamiento impugnado, las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debieran aplicarse y la solución pretendida, por lo que no cumplió con los requisitos establecidos en los arts. 416 y 417 del CPP; imposibilitando el análisis de fondo de este motivo