Auto Supremo AS/0303/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0303/2019-RA

Fecha: 08-May-2019

En cuanto a aquello, se puede determinar que el recurrente no observó los requisitos prescritos


En cuanto a aquello, se puede determinar que el recurrente no observó los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del CPP, al no invocar precedente contradictorio alguno, en consecuencia lógica, menos pudo señalar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y algún precedente invocado; sin tener en cuenta que este requisito constituye una carga procesal para el recurrente de invocar precedente(s) contradictorio(s) y efectuar la debida fundamentación sobre la existencia de contradicción con la resolución judicial impugnada que deberá ser expuesta de forma clara y precisa, a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos; especificando en qué consisten los defectos del pronunciamiento impugnado, las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debieran aplicarse y la solución pretendida, incurriendo en una omisión que no puede ser suplida de oficio por esta Sala Penal