Denuncia la vulneración al principio de congruencia, argumentando la carencia de fundamentación y motivación en
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Denuncia la vulneración al principio de congruencia, argumentando la carencia de fundamentación y motivación en la emisión del Auto de Vista impugnado, al incumplir los parámetros de especificidad y no pronunciarse sobre todos los aspectos impugnados, a su vez refiere que los argumentos fueron evasivos, imprecisos, contradictorios y carentes de una secuencia racional en la estructura de la Resolución, en vulneración del debido proceso, la seguridad jurídica y tutela judicial efectiva, transcribiendo parcialmente algunas expresiones que arribó el Tribunal de alzada “en la Sentencia emitida se determina que el acusado José Luis Téllez recurso de apelación restringida” “del recurso de apelación restringida de la entidad aduanera se tiene lo siguiente: armonizaría con la fecha 11/10/2014…” “la Sentencia debe contener la enunciación del hecho que fue objeto del juicio, es decir porque de la tramitación de un proceso penal en relación a al país, esa fue la exteriorización del razonamiento efectuado por el Tribunal de Sentencia,” para luego aludir que existe una falta de coherencia en la redacción y que carece de fundamentación razonada. Alude que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación en la emisión del Auto de Vista impugnado, argumentando que al no pronunciarse respecto a los puntos cuestionados vulneró sus derechos reconocidos en la CPE, que no existe fundamentación y congruencia vulnerando el art. 124 del CPP, exigencia establecida en el A.S. 189/2011 de 8 de agosto, relativo a la motivación de las resoluciones judiciales
- Por memorial presentado el 23 de julio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Denuncia la vulneración al principio de congruencia, argumentando la carencia de fundamentación y motivación en
- Acusa la falta de control en la valoración probatoria realizada por el Tribunal de Sentencia,
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se advierte que el 13 de julio de 2018, la
- Como primer motivo traído en casación, denuncia inicialmente la vulneración al principio de congruencia, argumentando
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
