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    Auto Supremo AS/0366/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0366/2019-RA

    Fecha: 16-May-2019

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    • Por memorial presentado el 20 de febrero de 2019, Patricio Gonzales Cejas, de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado Patricio Gonzales Cejas (fs
    • Por diligencia de 13 de febrero de 2018 (fs
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Además, acusa la vulneración al principio de verdad material, ante el defecto absoluto incurrido en
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En ese sentido, se establece que el recurrente en el primer motivo identificado, denuncia que
    • Sin embargo, se advierte que a tiempo de precisar la vulneración de sus derechos a
    • Finalmente, es menester precisar en cuanto a la unísona denuncia de falta de fundamentación e
    • En cuanto a los argumentos del segundo motivo traído en casación, se observa que el
    • En este punto, corresponde mencionar con fines ilustrativos, que los recursos de Apelación restringida y
    • En el caso presente, esta Sala Penal advierte que el recurrente incurre en carencia de
    • Por otro lado, en cuanto a la invocación de los Autos Supremos 221 de 7
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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