De lo anotado, se puede establecer que la parte en el motivo identificado no ha
De lo anotado, se puede establecer que la parte en el motivo identificado no ha establecido de qué manera existiría contradicción del Auto de Vista con los precedentes invocados en el primer motivo, para así establecer una correlación en la argumentación jurídica, ya que de la revisión del recurso, en lo particular, no se ha hecho invocación de ningún precedente que sea aplicable al caso concreto; y, siendo así, al no identificarse la observancia debida a las previsiones de los arts. 416 y 417 del CPP, resulta inadmisible considerar lo sustentado en el fondo
- Por memorial presentado el 12 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, los acusados Freddy Mamani Vargas (de fs
- Notificada la parte recurrente con el referido Auto de Vista el 5 de febrero de
- II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- i) El Tribunal de apelación no habría dado cumplimiento al Auto Supremo 248/2012-RRC de 10
- iii) Por último, la recurrente refiere que en apelación denunció la errónea valoración de la
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- Analizando los argumentos del motivo, se evidencia que la recurrente invoca en primer término el
- En el segundo motivo, expresa que denunció que la Sentencia se basó en hechos no
- De lo anotado, se puede establecer que la parte en el motivo identificado no ha
- En el tercer motivo identificado, señala la recurrente que en apelación se denunció la errónea
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
