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3. Notificada la recurrente el 22 de marzo del 2019 con la resolución de segunda instancia que confirmó la sentencia, presentó recurso de casación de fs. 398 a 401, el 5 de abril del año en curso
- Eduardo Yana Quispe
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- De la revisión de antecedentes se tiene que, la recurrente cumplió con el requisito del
- 3. De la legitimación procesal
- En el caso de autos, la recurrente, tiene legitimación procesal en razón de que tanto
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Acusó vulneración del art
- En el fondo
- Así planteados los agravios por la recurrente, se concluye que, en la forma, han cumplió
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
