En el caso de autos el recurso de casación fue presentado ante autoridad competente, cumplidas
Adviértase que la finalidad de cada uno de estos dos tipos de casación es diferente, siendo una facultad de la parte recurrente el poder interponer simultáneamente el recurso en ambos efectos, más no una obligación, conforme se advierte del contenido del art. 271.II del CPC.
Es importante dejar claramente establecido que el recurso de casación no constituye y no es un medio para la resolución de una controversia entre las partes, sino una cuestión de responsabilidad entre la ley y sus infractores; es decir, que se impugna el auto de vista pronunciado por el tribunal de alzada, en el que supuestamente quienes suscriben esa resolución, incurrieron en las infracciones previstas en los parágrafos I y II del artículo 271 del Código Procesal Civil, o alguna de ellas, constituyendo la supuesta vulneración, responsabilidad de ese tribunal, por lo que tampoco está permitido en casación, impugnar cuestiones correspondientes a la sentencia de primera instancia, estableciendo las lesiones sufridas y fundamentadas de manera errónea.
En el caso de autos el recurso de casación fue presentado ante autoridad competente, cumplidas las formalidades procesales, empero del análisis del mismo, se constata:
Respecto al recurso de casación en la forma
Es importante dejar claramente establecido que el recurso de casación no constituye y no es un medio para la resolución de una controversia entre las partes, sino una cuestión de responsabilidad entre la ley y sus infractores; es decir, que se impugna el auto de vista pronunciado por el tribunal de alzada, en el que supuestamente quienes suscriben esa resolución, incurrieron en las infracciones previstas en los parágrafos I y II del artículo 271 del Código Procesal Civil, o alguna de ellas, constituyendo la supuesta vulneración, responsabilidad de ese tribunal, por lo que tampoco está permitido en casación, impugnar cuestiones correspondientes a la sentencia de primera instancia, estableciendo las lesiones sufridas y fundamentadas de manera errónea.
En el caso de autos el recurso de casación fue presentado ante autoridad competente, cumplidas las formalidades procesales, empero del análisis del mismo, se constata:
Respecto al recurso de casación en la forma
- CONSIDERANDO I
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba,
- I.2.- Auto de Vista
- I.3.- RECURSO DE CASACION EN LA FORMA Y EN EL FONDO
- I.3.1.-Recurso de casación en la forma
- a) El auto de vista impugnado viola la garantía del debido proceso previsto por los
- Por lo anteriormente indicado, se tiene que el recurso de apelación hace notar al tribunal
- b) El auto de vista impugnado no cumple con los principios de motivación, congruencia y
- Vulnerándose de esta manera el debido proceso establecido en el art. 115.II de la CPE
- I.3.2.- Recurso de casación en el fondo
- El auto de vista contiene errónea aplicación de la norma sustantiva, ya que
- De la misma forma vulnera la normativa sustantiva, ya que queda en evidencia que la
- Notificado el demandante con el recurso de casación, contesta mediante memorial de fs
- Indica que no es evidente la inexistencia de motivación y congruencia, siendo evidente la existencia
- El recurrente solo busca evadir el pago de beneficios sociales que son irrenunciables
- PETITORIO
- Concluye su memorial solicitando se declare IMPROCEDENTE o INFUNDADO el recurso de casación de contrario
- Fundamentos jurídicos del fallo
- Los arts
- Con este antecedente, se tiene presente que, según la doctrina, cuando una autoridad judicial emite
- En el caso de autos el recurso de casación fue presentado ante autoridad competente, cumplidas
- Hay que tomar en cuenta que uno de los requisitos del recurso de casación en
- Respecto a la falta de motivación y fundamentación como elementos de debido proceso que han
- Respecto al pago documentado, se evidencia, que el auto de vista impugnado, se encuentra debidamente
- Respecto al recurso de casación en el fondo
- El recurrente indica que el tribunal de alzada al confirmar la sentencia apelada, incurrió en
- Para tal efecto, pasamos analizar si son evidentes los extremos expuestos en el recurso
- Con costas y costos a ser ejecutados en ejecución de sentencia
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
