POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de nulidad y casación de fs. 78 a 80. Con costas
- Magistrado Relator: Dr. Crlos Alberto Egüez Añez
- En grado de apelación deducida por ambas partes de fs
- El referido auto de vista, motivó a María Teresa Enríquez Buzolic, representante legal de la
- Manifestó que el auto de vista hizo caso omiso a la LGT, que en su
- Sostuvo que el mencionado fallo, no hace una correcta valoración del incremento salarial, porque se
- Manifestó que el tribunal de alzada, no realizo un correcto análisis sobre el pago de
- 1.3. Respuesta al recurso
- CONSIDERANDO II
- En el caso objeto de análisis, se evidencia que la parte recurrente trae a colación,
- Que en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
