En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs. 36, la la Sala Única del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Auto de Vista Nº 423/2018 de 04 de diciembre de 2017, cursante a fs. 48-49, confirmó la Sentencia Nº 338/2017 de 15 de agosto de 2017, (fs. 30-32)
En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs. 36, la la Sala Única del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Auto de Vista Nº 423/2018 de 04 de diciembre de 2017, cursante a fs. 48-49, confirmó la Sentencia Nº 338/2017 de 15 de agosto de 2017, (fs. 30-32)
- Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- El referido auto de vista, motivó a la entidad demandada a interponer el recurso de
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En este contexto, analizados los antecedentes que informan al proceso, se advierte que el actor
- Sobre el tema, como se podrá advertir, la entidad demandada pretende desconocer este derecho por
- En este entendido, al haberse evidenciado que el actor trabajó como funcionario dependiente de la
- Con idéntico criterio respecto a la protección otorgada por la Constitución Política del Estado a
- Al respecto, la doctrina ha razonado que en el derecho laboral, por su naturaleza protectiva
- Consiguientemente y en merito a lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
