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    Auto Supremo AS/0408/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0408/2019-RRC

    Fecha: 04-Jun-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 12 de octubre de 2018, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Contra la mencionada Sentencia, los imputados, formularon recurso de apelación restringida (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 1068/2018 RA de 21 de
    • Los recurrentes solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, disponiendo que se
    • I.2. Admisión del recurso
    • II.1. De la Sentencia
    • Por Sentencia 26/2016 de 25 de noviembre, el Juez Público de Sentencia Penal Primero de
    • Con las declaraciones testificales de cargo se llegó a probar que se despojó aproximadamente tres
    • Con la documental de cargo de fs
    • Con la documental de descargo PD1 se demostró que Paola Sorzano Cano se declaró heredera
    • Con la prueba de descargo PD2 se demostró que Paola Sorzano es descendiente de Teófilo
    • Con la documental de descargo PD3 se demostró que Paola Sorzano fue declarada heredera al
    • Con la prueba de descargo PD5 se demostró que Scott Brayan Sorzano Millares es descendiente
    • Con la documental de descargo PD6 se demostró que Ronald Villca Sorzano es descendiente de
    • II.2. Del recurso de apelación restringida
    • Expresan que en la Sentencia concurren los defectos previstos en los incisos 1), 4), 5),
    • La acusación refirió que el despojo se produjo de manera violenta, sin embargo no se
    • El Tribunal de juicio, no consideró la declaratoria de herederos de Paola Sorzano como tampoco
    • Se refirió en la acusación particular que la querellante sufrió Despojo de un cato de
    • Se habría acusado que los denunciados sin derecho propietario alguno, estarían en posesión del terreno
    • La acusación alegó que los acusados tendrían el apoyo de los dirigentes del lugar, sin
    • Bajo el punto II subtítulado e análisis y valoración de pruebas, alegaron los recurrentes los
    • Referente a que se determinó el derecho propietario de la querellante conforme fs
    • Los recurrentes aluden que la conclusión arribada del Tribunal de juicio relativo a que la
    • Los recurrentes cuestionan que el a quo hubiese establecido que con la documental de descargo
    • De la misma forma cuestionan que el Tribunal de juicio oral con la documental PD3,
    • Cuestionaron la valoración de descargo PD6 debido a que si bien se determinó la sucesión
    • Con relación al acápite III, cuestionaron el tipo penal de Despojo con relación al derecho
    • Advirtieron que mediante la inspección judicial los acusados no estaban pernoctando en carpas conforme la
    • Expresaron la supuesta contradicción establecido en Sentencia, en sentido que en la inspección judicial se
    • Cuestionaron los recurrentes la afirmación de que en Sentencia se determinó que el cocal no
    • En cuanto al acápite IV, los recurrentes cuestionaron la correlación entre la acusación y la
    • No se determinó la violencia o intimidación en la comisión del delito conforme se alegó
    • Los recurrentes cuestionaron la conclusión de la Sentencia, que la sucesión hereditaria no fuese oponibles
    • Observaron la incorporación de la prueba documental de descargo PD6 relativo al plano del lote
    • Aludieron defecto absoluto conforme el art
    • Finalmente, en la argumentación del acápite V, aludieron los defectos de Sentencia del recurso de
    • Acusaron la incorporación ilegal de las pruebas al juicio en violación a las normas procesales,
    • Aludieron la falta de fundamentación de la Sentencia, sosteniendo la infracción del art
    • Alegaron la inexistencia de hechos y la errónea valoración probatoria, argumentando que en la inspección
    • II.3. De la observación realizada por el Tribunal de alzada
    • II.4. De la notificación con la observación del Tribunal de alzada
    • Los acusados fueron debidamente notificados mediante comisión instruida emanada por el Presidente de la Sala
    • II.5. Del Auto de Vista impugnado
    • El Tribunal de apelación declaró inadmisible el recurso de apelación restringida de los recurrentes con
    • Remitida la causa en apelación, dio lugar a la revisión del contenido del recurso por
    • La jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia estableció mediante los Autos Supremos 599/2003 de 27
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • En cuanto al motivo admitido en casación, los recurrentes denuncian que el Tribunal de alzada
    • A tal efecto, se invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 10 de 26 de
    • Que dentro de esta lógica han sido pronunciadas las Sentencias Constitucionales Nº 1075/2003-R y Nº
    • De ahí que, si el Tribunal de alzada observa el recurso de apelación restringida y
    • En cuyo caso, si transcurridos los tres días, el recurrente no subsana el recurso conforme
    • Bajo este preámbulo corresponde verificar si el Tribunal de alzada incurrió e contradicción con la
    • De los antecedentes procesales, se advierte que los recurrentes enfatizaron en casación, que se vulneró
    • Sobre dicha problemática, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, argumentó
    • A mayor abundamiento, el Tribunal de alzada al observar la apelación restringida mediante la providencia
    • En consecuencia, la decisión de declarar inadmisible el recurso de apelación restringida, asumida por el
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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