Alegaron la inexistencia de hechos y la errónea valoración probatoria, argumentando que en la inspección
Alegaron la inexistencia de hechos y la errónea valoración probatoria, argumentando que en la inspección judicial no se determinó la forma de posesión de los acusados ni la propiedad de las plantaciones de cocales, asimismo cuestionó el informe pericial en sentido que se determinó por parte de dicha pericia una sobreposición entre el terreno de la acusadora y la acusada Paola Sorzano Cano
- Por memorial presentado el 12 de octubre de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Contra la mencionada Sentencia, los imputados, formularon recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 1068/2018 RA de 21 de
- Los recurrentes solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, disponiendo que se
- I.2. Admisión del recurso
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 26/2016 de 25 de noviembre, el Juez Público de Sentencia Penal Primero de
- Con las declaraciones testificales de cargo se llegó a probar que se despojó aproximadamente tres
- Con la documental de cargo de fs
- Con la documental de descargo PD1 se demostró que Paola Sorzano Cano se declaró heredera
- Con la prueba de descargo PD2 se demostró que Paola Sorzano es descendiente de Teófilo
- Con la documental de descargo PD3 se demostró que Paola Sorzano fue declarada heredera al
- Con la prueba de descargo PD5 se demostró que Scott Brayan Sorzano Millares es descendiente
- Con la documental de descargo PD6 se demostró que Ronald Villca Sorzano es descendiente de
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- Expresan que en la Sentencia concurren los defectos previstos en los incisos 1), 4), 5),
- La acusación refirió que el despojo se produjo de manera violenta, sin embargo no se
- El Tribunal de juicio, no consideró la declaratoria de herederos de Paola Sorzano como tampoco
- Se refirió en la acusación particular que la querellante sufrió Despojo de un cato de
- Se habría acusado que los denunciados sin derecho propietario alguno, estarían en posesión del terreno
- La acusación alegó que los acusados tendrían el apoyo de los dirigentes del lugar, sin
- Bajo el punto II subtítulado e análisis y valoración de pruebas, alegaron los recurrentes los
- Referente a que se determinó el derecho propietario de la querellante conforme fs
- Los recurrentes aluden que la conclusión arribada del Tribunal de juicio relativo a que la
- Los recurrentes cuestionan que el a quo hubiese establecido que con la documental de descargo
- De la misma forma cuestionan que el Tribunal de juicio oral con la documental PD3,
- Cuestionaron la valoración de descargo PD6 debido a que si bien se determinó la sucesión
- Con relación al acápite III, cuestionaron el tipo penal de Despojo con relación al derecho
- Advirtieron que mediante la inspección judicial los acusados no estaban pernoctando en carpas conforme la
- Expresaron la supuesta contradicción establecido en Sentencia, en sentido que en la inspección judicial se
- Cuestionaron los recurrentes la afirmación de que en Sentencia se determinó que el cocal no
- En cuanto al acápite IV, los recurrentes cuestionaron la correlación entre la acusación y la
- No se determinó la violencia o intimidación en la comisión del delito conforme se alegó
- Los recurrentes cuestionaron la conclusión de la Sentencia, que la sucesión hereditaria no fuese oponibles
- Observaron la incorporación de la prueba documental de descargo PD6 relativo al plano del lote
- Aludieron defecto absoluto conforme el art
- Finalmente, en la argumentación del acápite V, aludieron los defectos de Sentencia del recurso de
- Acusaron la incorporación ilegal de las pruebas al juicio en violación a las normas procesales,
- Aludieron la falta de fundamentación de la Sentencia, sosteniendo la infracción del art
- Alegaron la inexistencia de hechos y la errónea valoración probatoria, argumentando que en la inspección
- II.3. De la observación realizada por el Tribunal de alzada
- II.4. De la notificación con la observación del Tribunal de alzada
- Los acusados fueron debidamente notificados mediante comisión instruida emanada por el Presidente de la Sala
- II.5. Del Auto de Vista impugnado
- El Tribunal de apelación declaró inadmisible el recurso de apelación restringida de los recurrentes con
- Remitida la causa en apelación, dio lugar a la revisión del contenido del recurso por
- La jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia estableció mediante los Autos Supremos 599/2003 de 27
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III.2. Análisis del caso concreto
- En cuanto al motivo admitido en casación, los recurrentes denuncian que el Tribunal de alzada
- A tal efecto, se invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 10 de 26 de
- Que dentro de esta lógica han sido pronunciadas las Sentencias Constitucionales Nº 1075/2003-R y Nº
- De ahí que, si el Tribunal de alzada observa el recurso de apelación restringida y
- En cuyo caso, si transcurridos los tres días, el recurrente no subsana el recurso conforme
- Bajo este preámbulo corresponde verificar si el Tribunal de alzada incurrió e contradicción con la
- De los antecedentes procesales, se advierte que los recurrentes enfatizaron en casación, que se vulneró
- Sobre dicha problemática, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, argumentó
- A mayor abundamiento, el Tribunal de alzada al observar la apelación restringida mediante la providencia
- En consecuencia, la decisión de declarar inadmisible el recurso de apelación restringida, asumida por el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
