El recurrente interpone recurso de casación bajo los fundamentos de que el Auto de Vista
Notificada la parte recurrente con el referido Auto de Vista y su Complementario el 27 de febrero de 2019 (fs. 273), interpuso el recurso de casación sujeto a análisis en la misma fecha.
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente interpone recurso de casación bajo los fundamentos de que el Auto de Vista impugnado, no respondió de manera fundamentada a la apelación sobre los motivos de hecho y derecho conforme al art. 398 del CPP, con relación a la defectuosa valoración de la prueba y la aplicación defectuosa de la Ley, atinando simplemente a inferir que no se habría identificado defecto alguno en función del art. 370 del CPP, lo que resulta ser falso al haber claramente establecido el defecto del art. 370 num. 6 del CPP, no habiendo sido enmendados o encaminados los argumentos legales expuestos, negándose nuevamente una invocación justa y legal. Invoca los Autos Supremos 125/2017 de 21 de febrero, 655/2017-RRC de 31 de agosto y 768/2017 de 5 de octubre
- Por memorial presentado el 27 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el acusado Emilio Paniagua Monasterios (fs
- El recurrente interpone recurso de casación bajo los fundamentos de que el Auto de Vista
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- El recurrente refiere que el Auto de Vista no respondió de manera fundamentada a la
- Al respecto, en el recurso de casación se invocaron los Autos Supremos 125/2017 de 21
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
