Auto Supremo AS/0435/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2019-RA

Fecha: 17-Jun-2019

El recurrente aduce como segundo motivo, que el Tribunal de alzada al resolver el recurso


Al respecto de los argumentos expuestos en el motivo, el recurrente invoca como contradictorios al Auto de Vista impugnado los Autos Supremos 034/2016-RRC de 21 de enero, 124 de 24 de mayo de 2012 y 82 de 26 de marzo de 2013, respecto a los cuales únicamente estableció contradicción clara y precisa en relación al Auto Supremo 034/2016-RRC de 21 de enero, considerando que en relación a los demás precedentes invocados, se limitó a citarlos llanamente, sin explicar la contradicción requerida para establecer en ese sentido su contrastación, por lo que habiendo cumplido los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP con relación al primer precedente, esta Sala considera admisible el planteamiento alegado únicamente para que en el fondo se realice la contrastación con el Auto Supremo 034/2016-RRC de 21 de enero.

El recurrente aduce como segundo motivo, que el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación restringida no ejerció la facultad de control y verificación de que la Sentencia está basada en violación de derechos y garantías constitucionales, a los Tratados y Convenios Internacionales, por vulneración del derecho al Juez natural y al Juez Imparcial, considerando que durante el juicio oral, se produjo la renuncia de dos de los tres miembros del Tribunal de Sentencia, reponiéndose el juicio nuevamente y siendo que el tercer Juez ya había participado en el desarrollo del primer juicio, tenía la obligación de apartarse del mismo; denuncia resuelta en alzada de manera genérica, incurriendo en un grave error judicial, incumpliendo la doctrina legal