Auto Supremo AS/0457/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0457/2019-RA

Fecha: 17-Jun-2019

El art

Denuncia contradicción en la Sentencia entre la parte dispositiva y considerativa, acusando la vulneración del art. 370 inc. 8), con relación al art. 169 inc. 3) del CPP, que fueron expuestos en apelación restringida y que el Tribunal de origen hubiere convenido en la autoría del imputado conforme a las pruebas aportadas PD1, PD3, PD 4, PD7, PD9, PP1, PP2 y PP3, respecto a una de las víctimas; sin embargo, de acuerdo al recurrente el mismo Tribunal lo absolvió con las mismas pruebas con relación a la siguiente víctima, aduciendo contradicción en el fallo de mérito tanto en la parte dispositiva como en la parte considerativa, indicando que el Tribunal de apelación respecto a lo vertido precedentemente no se hubiera pronunciado y que más bien se pretende confundir al Tribunal de apelación. Asimismo, indica que le asisten el derecho de petición (art. 24), debido proceso (art. 115.II), presunción de inocencia (art. 116), derecho de defensa (art. 119.II), derecho a ser oído (art. 120.I) todos de la Constitución Política del Estado (CPE), de la misma manera se sustenta en normativa y tratados internacionales respecto a derechos humanos. Cita el Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2004.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP