Auto Supremo AS/0486/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0486/2019-RA

Fecha: 25-Jun-2019

Alude que el Tribunal de alzada incurrió en revalorización probatoria, cuando concluyó “de la valoración


Expresa que el Tribunal de alzada incurrió en una falta de control en la subsunción del tipo penal, sosteniendo que en Sentencia conforme a los hechos probados se demostró los elementos del tipo penal de Tentativa de Asesinato, al ser evidente el dolo y los motivos fútiles, bajos, en el actuar del imputado al haberse demostrado la portación de un arma de fuego como el disparado en la humanidad de la víctima, ocasionándole la perforación de su pulmón, aspectos que no fueron considerados por el Tribunal de alzada al resolver la causa, invocando como precedente contradictorio el A.S. 829/2017-RRC de 30 de octubre, relativo al control de legalidad que debe ejercer el Tribunal de alzada a los elementos constitutivos del tipo penal determinado en Sentencia.

Alude que el Tribunal de alzada incurrió en revalorización probatoria, cuando concluyó “de la valoración de la prueba de cargo infiere que la acusación a René Paniagua Banegas….”, sosteniendo por ello, que al margen de no responder a su agravio de errónea aplicación de la ley sustantiva, omitió considerar el principio de inmediación en la valoración probatoria, debido a que no debió inferir a partir de una valoración de los elementos probatorios constituyendo en un defecto absoluto conforme el art. 169 inc. 3) del CPP, invocando como precedentes contradictorios los Autos Supremos 286/2018-RRC de 7 de mayo, 773/2015-RRC de 5 de noviembre, 28/2014 RRC de 18 de febrero, 223/2013-RRC de 18 de septiembre y 74/2013-RRC de 19 de marzo, relativos a la prohibición de revalorizar pruebas en alzada