También expresó que realizó una interpretación errónea de los hechos, que acarreó una indebida e
También expresó que realizó una interpretación errónea de los hechos, que acarreó una indebida e incoherente invocación del principio de consumación, puesto que la parte demandante jamás solicitó postergación de la audiencia, ni que por su inasistencia se habría generado la suspensión de la misma del 14 de febrero de 2019, oportunidad en la que la juez determinó la ampliación del plazo de presentación del informe pericial, necesario para reanudar la conciliación. Debiendo el Tribunal de alzada considerar en su caso, la previsión del art. 195.III del Código Procesal Civil, que otorga al perito la posibilidad de solicitar una prórroga en la presentación del informe, situación que fue atendida en el acta de 14 de febrero de 2019, desvirtuándole responsabilidad en la reprogramación de audiencia efectuada en dicha oportunidad
- Auto Supremo: 571/2019-RA
- Expediente: CH-27-19-A
- Vda. de Ávila
- Proceso: Acción negatoria y reivindicatoria
- 1
- Resolución que alcanzó la interposición del recurso de reposición con alternativa de apelación de fs
- 2
- En relación a ello refirió que, la asistencia del demandante era imprescindible porque ya inasistió
- CONSIDERANDO II
- El presente caso, se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- De la revisión de antecedentes se tiene que, la parte recurrente cumplió con el requisito
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación, interpuesto por Fernando Carballo Salazar, se extractan los siguientes reclamos
- En el fondo
- También expresó que realizó una interpretación errónea de los hechos, que acarreó una indebida e
- Solicitó que, a efectos de resguardar la garantía del debido proceso en su elemento derecho
- Así planteados los agravios por el recurrente, se concluye que, en la forma, ha cumplido
- En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
