b)Indican que no se valoró el hecho de que han demostrado contundentemente que la demanda
b)Indican que no se valoró el hecho de que han demostrado contundentemente que la demanda portaba documentación falsa, violando el principio de verdad objetiva y material, más por el contrario al haber anulado obrados incluso hasta la admisión de la demanda lo que se está haciendo es premiar la actitud perversa de la falsificadora de documentos y con ello les castiga injustamente
- Auto Supremo: 607/2019-RA
- Expediente: SC-70-19-S
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 2
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 112/2019 de 5 de abril, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la
- a)Que el Tribunal de alzada premió nuevamente a la demandada de su accionar delictivo, cuando
- b)Indican que no se valoró el hecho de que han demostrado contundentemente que la demanda
- De esta manera, solicitan la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
