Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs. 591, se observa que los demandantes, ahora recurrentes, fueron notificados el 16 de abril de 2019 y como el recurso de casación fue presentado el 25 de abril del año en curso, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 593, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs. 591, se observa que los demandantes, ahora recurrentes, fueron notificados el 16 de abril de 2019 y como el recurso de casación fue presentado el 25 de abril del año en curso, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 593, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
- Auto Supremo: 607/2019-RA
- Expediente: SC-70-19-S
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 2
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 112/2019 de 5 de abril, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la
- a)Que el Tribunal de alzada premió nuevamente a la demandada de su accionar delictivo, cuando
- b)Indican que no se valoró el hecho de que han demostrado contundentemente que la demanda
- De esta manera, solicitan la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
