En consecuencia, se infiere que dichos recursos de casación resultan admisibles, correspondiendo su análisis y
Fundamentos por los cuales solicita se case el auto de vista.
De estas consideraciones se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas por el art. 396 del Código de las Familias y del Proceso Familiar.
En consecuencia, se infiere que dichos recursos de casación resultan admisibles, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho
De estas consideraciones se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas por el art. 396 del Código de las Familias y del Proceso Familiar.
En consecuencia, se infiere que dichos recursos de casación resultan admisibles, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho
- Expediente:CB-43-19-S
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 2/2019 de 23 de enero, cursante de fs
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- 3.De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la
- 4.Del contenido del recurso de casación
- a)Que el Tribunal de alzada no otorga validez a la separación de hechos de las
- b)Que de forma equivocada el Tribunal de segunda instancia, así como el juez de primera
- c)Que el Tribunal de alzada no hizo una valoración de las pruebas además de no
- En consecuencia, se infiere que dichos recursos de casación resultan admisibles, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
