CONSIDERANDO I: Que con la documentación adjuntada en el expediente, la copia legalizada del Auto
CONSIDERANDO I: Que con la documentación adjuntada en el expediente, la copia legalizada del Auto de 28 de febrero de 2017 del Juzgado de 1ra Instancia e Instrucción N° 4 de Lorca-España (fs. 808 a 816), que contiene un resumen de los hechos e información del imputado, siendo los mismos su nombre completo Ignacio Argollo Díaz, indicando que se encuentra en Bolivia, siendo su país de origen, que nació en San Miguel Ayopaya-Cochabamba, en fecha 30 de julio de 1969, con pasaporte Nº 6472549, NIE Español Y-1068971-Z, con su último domicilio en Lorca-España, el Reino de España solicitó la detención preventiva con fines de extradición del imputado, ya que el mismo habría cometido presuntamente el delito de homicidio contra Victoriana Ríos de Fernández, constituyendo esta conducta en un presunto delito previsto y penado en los arts. 138 y siguientes del Código Penal de España
- AUTO SUPREMO: 91/2019
- FECHA: Sucre, 3 de julio de 2019
- EXPEDIENTE Nº: 15/2017
- PROCESO: Detención Preventiva con Fines de Extradición
- PARTES: A solicitud de la Embajada del Reino de España del ciudadano Ignacio Argollo Díaz
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Ricardo Torres Echalar
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano
- CONSIDERANDO I: Que con la documentación adjuntada en el expediente, la copia legalizada del Auto
- CONSIDERANDO II: Que el art
- En la especie, la norma legal que regula las relaciones internacionales, en la lucha contra
- En el caso de autos, el delito por el que solicita la detención provisional con
- Que de la revisión y análisis de los antecedentes adjuntos, se evidencia que fueron cumplidos
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La autoridad judicial comisionada, o del lugar donde sea aprehendido el solicitado, deberá informar en
- A los efectos de garantizar el debido proceso, se dispone notificar al detenido con copia
- A los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el
- Similar certificación deberá solicitarse al Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) del Consejo de la
- Comuníquese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia, para que, por su
- No interviene la señora Decana María Cristina Díaz Sosa, ni el Magistrado Olvis Egüez Oliva
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
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