En este contexto, en el caso de autos, realizando el control de los requisitos de
En este contexto, en el caso de autos, realizando el control de los requisitos de admisibilidad de la demanda, concretamente el plazo, se tiene que a partir de la notificación con la Resolución de Recurso Jerárquico impugnada, 17 de marzo de 2017, hasta la fecha de presentación de la demanda contenciosa administrativa, 3 de junio de 2019, ha vencido superabundantemente el plazo de 90 días previstos por el citado art. 780 del CPC-1975, concluyéndose que la presentación de la demanda se efectuó fuera de plazo; en consecuencia, en la vía del saneamiento procesal, corresponde dejar sin efecto el Auto de 14 de junio de 2019 y rechazar la demanda
- Demandante: KEY BOLIVIA – KEY POWER S.R.L
- CONSIDERANDO: Por error involuntario, al momento de admitir la demanda contenciosa administrativa, se omitió considerar
- Asimismo, por la diligencia de notificación de fs
- De la lectura del escrito de demanda y antecedentes adjuntos, se advierte que el demandante
- Respecto al plazo para la presentación de la demanda, corresponde indicar que el Auto definitivo
- En este contexto, en el caso de autos, realizando el control de los requisitos de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
