Respecto al plazo para la presentación de la demanda, corresponde indicar que el Auto definitivo
Respecto al plazo para la presentación de la demanda, corresponde indicar que el Auto definitivo que declaró extinguida la instancia por inactividad, aplicó normas adjetivas del actual Código Procesal Civil (Disposición Transitoria Décima del CPC), el cual posibilita la interposición de una nueva demanda (art. 249 CPC); empero, debe establecerse con certeza, que ésta nueva demanda no tiene vínculo con la primera, puesto que la extinción declarada, fue una sanción que dejó sin efecto todo lo actuado en el proceso; por lo que, ante la nueva demanda, corresponde efectuar un nuevo cómputo del plazo, desde la notificación con la Resolución de Recurso Jerárquico 0259/2017 de 14 de marzo, realizada el 17 de marzo de 2017 (fs. 15), hasta la fecha de recepción de ésta nueva demanda el 3 de junio de 2019 (fs. 32). Resulta necesario precisar que, el plazo de 6 meses establecido en el art. 249 del CPC, en relación con la Disposición Transitoria Décima del mismo cuerpo legal, no interrumpe ni suspende el cómputo del plazo establecido para la presentación de la nueva demanda contenciosa administrativa; puesto que este plazo constituye tan solo una posibilidad de incoar nuevamente la demanda en remedio de la declarada extinguida; empero, siempre y cuando, se tenga vigente el plazo de 90 días previsto al efecto por el art. 780 del CPC-1975
- Demandante: KEY BOLIVIA – KEY POWER S.R.L
- CONSIDERANDO: Por error involuntario, al momento de admitir la demanda contenciosa administrativa, se omitió considerar
- Asimismo, por la diligencia de notificación de fs
- De la lectura del escrito de demanda y antecedentes adjuntos, se advierte que el demandante
- Respecto al plazo para la presentación de la demanda, corresponde indicar que el Auto definitivo
- En este contexto, en el caso de autos, realizando el control de los requisitos de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
