Auto Supremo AS/0111/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0111/2019

Fecha: 17-Jul-2019

Asimismo, el artículo 504


Asimismo, el artículo 504.I del citado Código adjetivo, dispone que si no existiere Tratado o Convenio Internacional suscrito con el país donde se dictó la Sentencia cuya ejecución y cumplimiento se pretende, en vía de reciprocidad, se dará a ella la misma fuerza que se reconoce a las sentencias pronunciadas en el Estado Plurinacional de Bolivia