Auto Supremo AS/0376/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0376/2019

Fecha: 31-Jul-2019

Al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil (CPC-2013), que estableció en su

Al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil (CPC-2013), que estableció en su Disposición Segunda, la abrogatoria del citado CPC-1975, determinando en su Disposición Transitoria Sexta, que: “Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; corresponde aplicar los arts. 274 y 277-I del CPC-2013, para realizar el examen de admisibilidad respecto al recurso de casación, objeto de análisis