En ese sentido, los arts
No obstante de ello, se debe tener presente que es la propia Administración Tributaria en su condición de sujeto demandado y titular del derecho en litigio, quien con un argumento fáctico diferente al impetrado por el demandante, solicita se declare la conclusión del proceso, adjuntando los comprobantes de depósitos bancarios que dan cuenta del pago de la obligación tributaria del sujeto pasivo Sistemas Personales “MITAC S.R.L” por el incumplimiento de deber formal, consistente en la presentación de Libros Compra-Venta IVA en software Da Vinci, de los periodos fiscales mayo a diciembre de 2011, con el pago de las multas bajo los parámetros de la Ley Nº 1105, que otorga un periodo de regularización a los sujetos pasivos de deudas tributarias con el nivel central del Estado.
En ese sentido, los arts. 51 y 53.IV del CTb, establecen que la obligación tributaria se extingue con el pago total de la deuda, que se acredita a través de la certificación de pago en los originales de las declaraciones respectivas, los documentos bancarios de pago o las certificaciones expedidas por la Administración Tributaria
En ese sentido, los arts. 51 y 53.IV del CTb, establecen que la obligación tributaria se extingue con el pago total de la deuda, que se acredita a través de la certificación de pago en los originales de las declaraciones respectivas, los documentos bancarios de pago o las certificaciones expedidas por la Administración Tributaria
- I
- II.- FUNDAMENTACIÓN DEL CASO
- En el caso observado, resulta necesario establecer que los fundamentos que sustentan la resolución judicial
- En ese sentido, los arts
- A efectos del cumplimiento de las obligaciones tributarias, la Ley Nº 1105 de 28 de
- La normativa citada, tiene por finalidad reducir la cartera en mora existente en el SIN
- En ese contexto, en observancia del principio de verdad material que obliga a las autoridades
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
