Contra la referida Sentencia, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia (fs
Contra la referida Sentencia, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia (fs. 258 a 259 vta.), la acusadora particular María Teresa Echenique Vasquez (fs. 261 a 266 vta.), y el Ministerio Público (fs. 317 a 322 vta.), formularan recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 25/2019 de 3 de abril, emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que en aplicación del art. 399 del Código de Procedimiento Penal (CPP), declaró inadmisibles los tres recursos planteados y confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 17 de abril de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia (fs
- Por diligencia de 10 de abril de 2019 (fs
- Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo
- Cita las Sentencias Constitucionales 1889/2011-R de 7 de noviembre, 1153/2016-S3 de 25 de octubre, 787/2017-S3
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- En el caso presente la parte recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado, declaró
- De la problemática planteada, se advierte que de los antecedentes del proceso expuestos en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
