Auto Supremo AS/0542/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0542/2019

Fecha: 03-Jul-2019

En lo relativo a que la multa impuesta del 30% no debe ser impuesta, al

En lo relativo a que la multa impuesta del 30% no debe ser impuesta, al tomar en cuenta que el procedimiento impuesto por el consejo para la resolución de las causas no es inmediato y debido a ello no se efectuó el depósito en tiempo oportuno; se debe dejar en claro, que los puntos argumentados en el recurso de casación, contra el Auto de Vista que resolvió la apelación, deben haber sido reclamados o representados al momento de interponer la apelación, sin embargo sobre este punto, solamente se hace mención, relativo a la multa, en el recurso de apelación, a fs. 186 vta. infine, que: “Con referencia a la multa debe considerarse que la misma solo opera para aquellos conceptos que no fueron tomados en cuenta en el finiquito cursante a fs. 79 de obrados mas no así para todos los conceptos.”; nótese de ello, que lo ahora argumentado no fue representado ni reclamado en apelación, consiguientemente no puede en esta instancia hacerlo, esto tomando en cuenta que el Auto de Vista, solamente se pronunció sobre los agravios contenidos en el recurso de apelación, entonces mal se puede pretender reclamar de este, algo que no consideró, menos resolvió al respecto, por lo que no merece mayor consideración legal, en estricta observancia del art. 265 parág. I del Código Procesal Civil