2. Del plazo de presentación del recurso de casación
2. Del plazo de presentación del recurso de casación:
Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación de fs. 213, se observa que la parte demandante ahora recurrente fue notificada con dicha resolución en fecha 21 de mayo de 2019, y como el recurso de casación fue presentado el 04 de junio de 2019, tal cual acredita el timbre electrónico cursante a fs. 219, haciendo un cómputo se infiere que dicho medio de impugnación fue interpuesto en el plazo previsto en el art. 396 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, es decir dentro de los 10 días hábiles
Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación de fs. 213, se observa que la parte demandante ahora recurrente fue notificada con dicha resolución en fecha 21 de mayo de 2019, y como el recurso de casación fue presentado el 04 de junio de 2019, tal cual acredita el timbre electrónico cursante a fs. 219, haciendo un cómputo se infiere que dicho medio de impugnación fue interpuesto en el plazo previsto en el art. 396 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, es decir dentro de los 10 días hábiles
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 2
- 3
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la Legitimación procesal
- Del contenido del recurso de casación
- b) Indicó que el Auto de Vista no consideró la división y partición de los
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
