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2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Joaquín Maydana Laura mediante su representante legal Rafael Encinas Ballón por memorial cursante de fs. 755 a 757 vta., la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista Nº 119/2019 de 6 de junio, cursante de fs. 1141 a 1150 vta., CONFIRMANDO la Sentencia Nº 42/2016 de 18 de julio, cursante de fs. 747 a 750
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 119/2019 de 6 de junio, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la
- 4. Del contenido del recurso de casación
- b)Que el Tribunal de alzada incurrió en error de hecho y de derecho en la
- c)La violación al debido proceso pues el Tribunal de alzada no aplicó el principio de
- De esta manera, solicita la emisión de un auto supremo que dé lugar a la
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
