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    Auto Supremo AS/0118/2019-CA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0118/2019-CA

    Fecha: 07-Ago-2019

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    • CONSIDERANDO I: Con carácter previo, en cuanto al plazo para interponer los recursos, resulta necesario
    • Respecto al recurso de reposición presentado por la AGIT como parte demandada, pese al traslado
    • CONSIDERANDO II: El proceso contencioso administrativo, constituye una garantía formal que beneficia al sujeto administrado,
    • El art
    • Por su parte, el art
    • En ese contexto, a efectos del inicio del cómputo de dicho plazo, se considera la
    • CONSIDERNADO III: Del análisis del contenido del recurso de reposición del tercero interesado, se evidencia
    • De igual forma, el argumento expuesto por el demandante, en sentido que estuviera pendiente de
    • Por lo expuesto, este tribunal considera que existe un error involuntario en la tramitación del
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
    • En mérito a la Resolución Suprema Nº 10933 de 7 de noviembre de 2013, téngase
    • Estese al Auto Supremo de la fecha que anula obrados y rechaza la demanda
    • Al OTROSÍ 4to
    • Regístrese, comuníquese y cúmplase.

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