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    Auto Supremo AS/0618/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0618/2019-RRC

    Fecha: 20-Ago-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2018, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jeyson Lima Alpire, formuló recurso de apelación restringida (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 139/2019-RA de 12 de marzo,
    • Acusa el recurrente que el Auto de Vista impugnado no consideró el aparente concurso de
    • El recurrente solicita se disponga la nulidad del Auto de Vista impugnado, a fin de
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 139/2019-RA de 12 de marzo, de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 05/2017 de 26 de febrero, el Juzgado Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
    • Bajo el título fundamentación jurídica refiere, que la agravante del caso está en relación a
    • ATENUACIÓN DE LA PENA
    • Empero de todo esto la agravante estuvo en el estado de ebriedad y la falta
    • II.2. Del recurso de apelación restringida del imputado
    • Notificado con la Sentencia, Jeyson Lima Alpire, interpone recurso de apelación restringida (fs
    • Concluye señalando, qué agravantes ha demostrado de contrario en su conducta para imponerle una sanción
    • La Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, emitió el Auto de Vista
    • III.1. De los precedentes invocados
    • El recurrente invocó el Auto Supremo 50 de 27 de enero de 2007, que fue
    • A la vez, es un medio del que se vale el Estado, para facilitar al
    • Finalmente esta experiencia, cuya publicidad se encuentra garantizada por el sub sistema penal, genera en
    • De ahí que si del conocimiento de un determinado hecho el Titular del órgano jurisdiccional
    • La pena no es el resultado de una simple operación lógica sino de la valorización
    • Es facultad del Tribunal de alzada, ante la evidencia de que concurren en el fallo
    • El recurrente también invocó el Auto Supremo 171 de 6 de febrero de 2007, que
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Sintetizada la denuncia, se tiene que el recurrente reclama dos aspectos referidos a que el
    • En cuanto, a que el Auto de Vista impugnado no consideró su reclamo concerniente al
    • Como una consideración previa antes de ingresar a resolver la problemática planteada mediante la labor
    • De tal manera que, en la labor de verificación o contraste entre lo resuelto en
    • En esa línea esta Sala Penal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de
    • Efectuada esa precisión, a los fines de resolver la problemática planteada necesariamente se debe acudir
    • Por los fundamentos expuestos y por la naturaleza del recurso de casación, queda establecido que
    • Respecto a que el Auto de Vista impugnado igual que la Sentencia no analizó las
    • A los fines de resolver la problemática planteada necesariamente se debe acudir a los Autos
    • Al respecto, el Auto de Vista impugnado aperturó su competencia y desestimó el reclamo señalando
    • De esa relación necesaria de antecedentes, no resulta evidente que el Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Fdo
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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