De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencias 14/2013 de 29 de octubre (fs. 515 a 526) y 16/2013 de 21 de noviembre (fs. 551 a 562) y el Auto Complementario de 9 de diciembre de 2013 (fs. 575 a 576), el Tribunal Primero de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Andrés Velasco Quispe, Bertha Ali Vda. de Mamani, Luis Velasco Huanca y Aurora Velasco Huanca, autores de la comisión de los delitos de Allanamiento de Domicilio y sus Dependencias y Robo Agravado, tipificados por los arts. 298 y 332 inc. 2) del CP, imponiendo al primero la pena de diez años de presidio y de cinco años de presidio a los tres últimos, más la imposición de costas al Estado y la reparación de pago de daño civil a favor de la víctima, a calificarse en ejecución de Sentencia; y por la segunda Sentencia, se declaró a Florencia Huanca de Velasco, autora del delito de Allanamiento de Domicilio y sus Dependencias y Robo Agravado, imponiendo la pena de tres años de privación de libertad, concediendo la Suspensión Condicional de la Pena
- Por memorial presentado el 8 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra las mencionadas Sentencias, los imputados Andrés Velasco Quispe, Bertha Ali Vda
- Por diligencia de 1 de febrero de 2019 (fs
- La Sentencia 014/2016 no identificó claramente a uno de los supuestos autores, pues en el
- En el Considerando III de la resolución impugnada, se hizo referencia a la respuesta al
- El Considerando V punto 2 de la resolución impugnada, señaló que el recurso interpuesto
- La Resolución impugnada en su parte inicial identificó a la Sala Penal Primera del Tribunal
- El punto 2
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- No existe invocación de precedente contradictorio; sin embargo, el recurso de casación denuncia la existencia
- Los motivos reclamados están expresados en los incs
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
