No existe invocación de precedente contradictorio; sin embargo, el recurso de casación denuncia la existencia
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Conforme a lo señalado en el FJ III, del presente Auto Supremo para que la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia admita un recurso de casación deben observarse los requisitos previstos los arts. 416 y 417 del CPP, en el caso, el recurso de casación que se analiza fue interpuesto dentro del plazo legal, por cuanto, el imputado, ahora recurrente, fue notificado con el Auto de Vista impugnado, el 1 de febrero de 2019, habiendo interpuesto el recurso de casación 8 del mismo mes y año; es decir, dentro de los cinco días previstos por el 417 del CPP, observando al efecto el cómputo de plazos previstos por el art. 130 de la misma disposición legal, respecto a los plazos determinados por días.
No existe invocación de precedente contradictorio; sin embargo, el recurso de casación denuncia la existencia de defectos absolutos en el Auto de Visa impugnado, que en opinión del recurrente vulnera el derecho al debido proceso en sus elementos debida fundamentación y motivación así como el derecho a la defensa
- Por memorial presentado el 8 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra las mencionadas Sentencias, los imputados Andrés Velasco Quispe, Bertha Ali Vda
- Por diligencia de 1 de febrero de 2019 (fs
- La Sentencia 014/2016 no identificó claramente a uno de los supuestos autores, pues en el
- En el Considerando III de la resolución impugnada, se hizo referencia a la respuesta al
- El Considerando V punto 2 de la resolución impugnada, señaló que el recurso interpuesto
- La Resolución impugnada en su parte inicial identificó a la Sala Penal Primera del Tribunal
- El punto 2
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- No existe invocación de precedente contradictorio; sin embargo, el recurso de casación denuncia la existencia
- Los motivos reclamados están expresados en los incs
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
