En el Considerando III de la resolución impugnada, se hizo referencia a la respuesta al
En el Considerando III de la resolución impugnada, se hizo referencia a la respuesta al recurso de apelación restringida realizado por el acusador particular Wilson Velasco Huanca, sobre el que no existe ningún pronunciamiento, generando incertidumbre jurídica e indefensión porque no se sabe qué aspectos de la respuesta fueron considerados no pudiéndose presumir su contenido, lo que constituye defecto absoluto
- Por memorial presentado el 8 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra las mencionadas Sentencias, los imputados Andrés Velasco Quispe, Bertha Ali Vda
- Por diligencia de 1 de febrero de 2019 (fs
- La Sentencia 014/2016 no identificó claramente a uno de los supuestos autores, pues en el
- En el Considerando III de la resolución impugnada, se hizo referencia a la respuesta al
- El Considerando V punto 2 de la resolución impugnada, señaló que el recurso interpuesto
- La Resolución impugnada en su parte inicial identificó a la Sala Penal Primera del Tribunal
- El punto 2
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- No existe invocación de precedente contradictorio; sin embargo, el recurso de casación denuncia la existencia
- Los motivos reclamados están expresados en los incs
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
