Auto Supremo AS/0660/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0660/2019-RA

Fecha: 23-Ago-2019

De lo argumentado por el recurrente, se evidencia que hace mención a supuestos defectos contenidos

De lo argumentado por el recurrente, se evidencia que hace mención a supuestos defectos contenidos en la Sentencia, atribuyendo al Auto de Vista, los defectos en los que habría incurrido la Sentencia, es decir que no está confrontando la actuación del Tribunal de apelación, sino a la del Tribunal de origen, denunciando hechos que se originan en Sentencia y no así en el Auto de Vista, pretendiendo que esta Sala Penal realice su función unificadora de jurisprudencia con relación a una sentencia, buscando inducir a un nuevo control de legalidad de dicho fallo dentro de una etapa procesal que no se encuentra reservada para ello. Recuérdese que según el art. 416 del CPP, la naturaleza jurídica del recurso de casación procede para impugnar exclusivamente Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia (ahora Tribunales Departamentales de Justicia) y de ninguna manera procede contra una sentencia, resolución que tiene su propio medio idóneo para ser impugnada, siendo la apelación restringida (art. 407 del CPP). Del mismo modo, se verifica que el recurrente no cumplió con los requisitos de flexibilización establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite anterior de la presente Resolución; puesto que, olvidó proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso, detallar con precisión en qué consistente la restricción o disminución del derecho o garantía y explicar cuál el resultado dañoso emergente del defecto; en consecuencia, los motivos analizados devienen en inadmisibles